Bajando, bajando, que el mundo se está acabando
La Corte Suprema de Justicia de Colombia determinó que cuando una persona comparte la música con otras sin obtener de ello un provecho económico, no puede considerarse que afecte los derechos del autor.
Los alcances del fallo incluyen la descarga de música de internet, utilizando cualquier software, y aclara que dicha práctica no puede considerarse como delito. Lo publica AFP. El histórico fallo se produce en medio de la puja por el Tratado de Libre Comercio entre Colombia y Estados Unidos, en el que, como en el caso del CAFTA con los ticos, caerá sobre los colombianos todo el peso del dogma corporativista estadounidense. Allá la corte ha sentado precedente, y ahora su soberanía los defiende.


